La comunicación previa de actividad (CAPP) para bares y restaurantes en Barcelona: guía práctica

La comunicación previa de actividad es el trámite fundamental para abrir un bar o restaurante en Barcelona. Sin ella, el local no puede abrir legalmente sus puertas. La aprobación de la nueva OMAIIA en mayo de 2024 ha cambiado el sistema de clasificación y los regímenes de comunicación: ahora existen tres tipos de comunicación previa y saber cuál corresponde a tu local es el primer paso para no perder tiempo ni dinero con documentación incorrecta.

Mientras tramitas la apertura de tu bar en Barcelona, piensa ya en los proveedores. Quartdepa suministra pan artesanal con masa madre con entrega diaria a hostelería

Solicita tu muestra gratuita

Qué es la comunicación previa de actividad (CAPP)

La comunicación previa de actividad —conocida como CAPP (Comunicació Prèvia d’Activitats i establiments de Pública concurrència)— es el régimen de intervención administrativa que sustituye a la licencia de actividad para la mayoría de bares, cafeterías y restaurantes en Barcelona.

A diferencia de la licencia tradicional, donde la Administración debía otorgar la autorización antes de abrir, con la comunicación previa el titular presenta la documentación y puede iniciar la actividad una vez el Ayuntamiento la ha aceptado formalmente. La responsabilidad del cumplimiento recae sobre el técnico que firma el proyecto y sobre el titular del local.

OMAIIA 2024: el cambio clave de abril de 2024

El 25 de abril de 2024, el Ayuntamiento de Barcelona aprobó definitivamente la modificación de los anexos de la Ordenanza Municipal de Actividades y de la Intervención Integral de la Administración Ambiental (OMAIIA), publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 9 de mayo de 2024. La reforma introdujo tres nuevos regímenes de comunicación (Anexo III.a, III.b y III.c) que sustituyeron el régimen único anterior y redistribuyeron las actividades por niveles de complejidad técnica.

Qué establecimientos necesitan comunicación previa y cuáles licencia ambiental

Tipo de establecimientoRégimen aplicableAnexo OMAIIA
Bar, cafetería, restaurante hasta 150 personas sin terrazaComunicación previaAnexo III
Restaurante con terraza autorizadaLicencia ambientalAnexo II
Establecimiento para más de 150 personasLicencia ambientalAnexo II
Local con actividades musicales o espectáculosLicencia ambiental o régimen especialAnexo II / Especial
Bar de barrio pequeño (hasta 50 m², sin música)Comunicación previa simplificadaAnexo III.c
Atención con las terrazas: Si el local tiene o prevé solicitar una terraza en la vía pública, el régimen de comunicación previa no es suficiente: se necesita licencia ambiental. Iniciar el trámite incorrecto supone meses perdidos. Consulta siempre con un técnico el aforo y las características del local antes de presentar cualquier documentación.

Los tres regímenes de comunicación previa (Anexo III OMAIIA 2024)

A

Anexo III.a — Mayor complejidad técnica

Para establecimientos de aforo medio o que presentan algún factor de complejidad (instalación de gas por encima de 70 kW, sistemas de climatización importantes, etc.). Requiere:

  • Proyecto técnico completo firmado por técnico competente
  • Certificación de Entidad Ambiental de Control (EAC) acreditada por ENAC
  • Inspección previa de la EAC en el local
  • Certificado de la EAC que acredite el cumplimiento de toda la normativa
B

Anexo III.b — Complejidad técnica media

Para la mayoría de bares y restaurantes estándar de Barcelona. Requiere:

  • Proyecto técnico firmado por técnico competente (arquitecto o ingeniero)
  • Certificación del propio técnico de que el local cumple toda la normativa
  • No es necesaria la intervención de una EAC
C

Anexo III.c — Régimen simplificado

Para actividades de muy baja complejidad (locales pequeños, sin instalaciones especiales, sin música). Requiere:

  • Documentación técnica básica firmada por técnico competente
  • Sin necesidad de proyecto completo
  • Trámite más rápido y de menor coste

Documentación necesaria para la comunicación previa

  • Descripción de la actividad y aforo máximo
  • Planos de planta, sección y alzado del establecimiento
  • Instalación eléctrica (BT) y, en su caso, de gas
  • Sistema de extracción de humos de cocina conforme al Decreto 229/2021
  • Aislamiento acústico (obligatorio si hay música o equipamiento sonoro)
  • Medidas de accesibilidad para personas con movilidad reducida
  • Señalización de emergencia y equipos de protección contra incendios
  • Sistema de gestión de residuos y aceite usado
  • Ventilación de los baños y de la cocina
  • Certificado de la empresa instaladora de los equipos de gas (si procede)

El proceso paso a paso

1

Consulta previa y determinación del régimen aplicable

Contacta con un técnico (arquitecto o ingeniero) con experiencia en licencias de actividad en Barcelona. Con los datos del local (superficie, aforo, actividad, instalaciones) determinará qué Anexo corresponde y qué documentación hay que preparar.

2

Adecuación del local a la normativa

A menudo hay que realizar obras o instalaciones previas: doble puerta acústica, mejora de la ventilación, adaptación de baños para accesibilidad, instalación del sistema de extracción. Estas obras deben estar terminadas y reflejadas en el proyecto técnico antes de presentar la comunicación.

3

Inspección de la EAC (si procede — Anexo III.a)

Para los establecimientos del Anexo III.a, la Entidad Ambiental de Control visita el local, comprueba que todo se ajusta al proyecto y emite el certificado de conformidad. Sin este certificado, no se puede presentar la comunicación.

4

Presentación de la comunicación previa al Ayuntamiento

El titular (o su representante) presenta toda la documentación en la Oficina de Atención a la Empresa (OAE) o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona. El Ayuntamiento acusa recibo y comprueba que la documentación está completa. Si hay deficiencias, solicita subsanación.

5

Aceptación e inicio de la actividad

Una vez el Ayuntamiento acepta la comunicación sin ningún requerimiento de subsanación, el titular puede iniciar la actividad. El Ayuntamiento puede realizar posteriormente una inspección de comprobación para verificar que el local se ajusta a lo comunicado.

Plazos y costes orientativos

ConceptoImporte orientativoNotas
Honorarios técnicos (proyecto + certificación)1.500 € – 5.000 €Varía según superficie y complejidad
Honorarios EAC (si procede — Anexo III.a)800 € – 2.500 €Incluye inspección y certificado
Tasa municipal de comunicación previaVariableConsultar tarifas vigentes en el Ayuntamiento
Plazo de resolución1 – 3 mesesDepende de si hay subsanación y del régimen

Errores frecuentes en el trámite de comunicación previa

  • Iniciar el trámite incorrecto: confundir la comunicación previa con la licencia ambiental cuando el establecimiento tiene terraza o supera las 150 personas
  • Documentación incompleta: presentar la comunicación sin todos los anexos técnicos provoca requerimientos de subsanación que alargan el proceso meses
  • Obras sin terminar: presentar el proyecto con instalaciones que no están ejecutadas; la EAC o el inspector municipal lo detectará
  • Técnico sin experiencia en Barcelona: la normativa municipal tiene especificidades que un técnico sin práctica local puede desconocer
  • No verificar las condiciones del contrato de arrendamiento: algunos alquileres prohíben ciertas actividades o la ejecución de obras sin consentimiento del propietario
  • Abrir sin aceptación formal: presentar la comunicación no es suficiente para abrir; hay que esperar la confirmación del Ayuntamiento

Cuando tu bar o restaurante en Barcelona esté a punto de abrir, Quartdepa puede ser tu proveedor de pan artesanal desde el primer día. Entrega diaria, calidad consistente

Contacta con nosotros

Fuentes y normativa consultada